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RESOLUCION de 5 de mayo de 1993, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes, por la que se procede a la publicación de las resoluciones sancionadoras en materia de transportes que se relacionan en anexo adjunto.

Publicado el 02/06/1993 (Nº 61)
Sección: BOA V. Anuncios - b) Otros Anuncios
Emisor: COMUNIDAD DE MADRID CONSEJERIA DE TRANSPORTES

Texto completo:

RESOLUCION de 5 de mayo de 1993, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Transportes, por la que se procede a la publicación de las resoluciones sancionadoras en materia de transportes que se relacionan en anexo adjunto.

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de sus destinatarios las notificaciones que se relacionan en el anexo I, se procede a su publicación en el "Boletín Oficial", a efectos de lo dispuesto en el artículo 80.3 de la Ley dé Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958 ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de julio). Contra dichos actos, que no agotan la vía administrativa, cabe interponer escrito de alegaciones, presentando o proponiendo las pruebas que se considere oportunas en el plazo de 15 días a partir de la presente publicación. Lo que se hace público para general conocimiento. Claves de identificación: (1) Ley 16/87, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio). (2) R. D. 1211/90, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes terrestres (BOE de 8 de octubre). (3) Reglamento (CEE) número 3820/85, del Consejo de 20 de diciembre de 1985 (D.O.C.E. 31-12-85). (4) Reglamento (CEE) número 3821/85 del Consejo de 20 de diciembre de 1985 (D.O.C.E. 31-12-85). (5) Orden de 25 de octubre de 1990, por la que se regulan los distintivos de los vehículos que realizan transporte (BOE de 30-10-90). (6) ATP Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancías Perecederas. (7) Orden de 26-12-90 sobre régimen Jurídico de la Declaración de Porte (BOE de 8 de enero de 1991) y Resolución de 1 de agosto de 1991 (BOE de 24 de agosto de 1991) por la que se establecen sus reglas de aplicación. (8) R. D. 2296/83, de 25 de agosto (BOE de 27 de agosto) sobre Tráfico y Circulación de Vehículos de escolares y de menores. (9) TPC Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera, R. D. 1723/84, de 20 de junio (BOE de 25-9-84). (10) R. D. de 24 de septiembre de 1985 número 2312/85 (Ministerio de Industria y Energía). Transporte por Carretera. Normas de Homologación, Ensayo e Inspección de Vehículos destinados al de mercancías perecederas (BOE 13-12-1985). (11) R. D. 14 de noviembre de 1986. Reglamentación Técnico-Sanitaria sobre Condiciones Generales de Transporte Terrestre de Alimentación y productos alimentarios a temperatura regulada. (12) R. D. 74/92, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Nacional de Transportes de Mercancías Peligrosas.

(TPC). (BOE de 22-2-92). (13) O. M. de 27 de marzo de 1992, sobre arrendamiento de vehículos sin conductor que desarrolla la Sección I del Capítulo IV, del Título V del Reglamento de la LOTT. (BOE de 74-1992). Madrid, 5 de mayo de 1993. El Secretario General Técnico, Francisco Peyró Díaz. ANEXO: Denunciado: Lázaro Tomás Orús. Ultimo domicilio conocido: Avenida Madrid, 21 -23.50010 Zaragoza.

Expediente: M-04666/92. Infracción: No respetar el descanso mínimo en la conducción. Preceptos infringidos: Artículo 142 k (1), 198 k (2) (3) y 143 (1). Sancionable por: 5.000.